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2009.

 

 

DEL ANTIGUO AMO AL TUTOR MODERNO

Por: MVZ MCV Dra. Beatriz Vanda Cantón
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, UNAM
daktari@unam.mx

Dra Vanda  
 
 

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Ni dueños ni amos, simplemente amigos

     A lo largo de la historia quienes han ejercido el poder económico, social o la superioridad física sobre otros se han sentido con el derecho a dominarlos, estableciendo relaciones desiguales y muchas veces injustas, en donde el “fuerte” o dominador es llamado Domine (= del lat. Señor o amo), y el dominado ha tenido un estatus de objeto, esclavo o sirviente.

     El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define el término “propietario”, como: 

“el que tiene derecho de propiedad sobre algo, especialmente sobre bienes inmuebles”; y “dueño” lo define como: “que tiene dominio o señorío sobre alguien o algo. Amo de la casa, respecto de sus criados”.

Timón de Alma     Afortunadamente este tipo de vocabulario ha sido desterrado en la mayoría de los países en donde se acepta que todos los humanos somos iguales. Hoy en día para referirse a la relación que el humano tiene con los animales domésticos, en los países sajones se está sustituyendo el antiguo apelativo de owner (=amo, señor) “el que domina a…”, por el de steward:1 “el que cuida de…”

    Sólo así dejaremos de ver a los animales como esclavos u objetos. En castellano, steward podría traducirse como guardián, custodio 2,3,4 o tutor, que en lenguaje legal se refiere a aquél que representa o cuida de alguien con incapacidad natural o civil (como podrían ser los animales no humanos).

     El Código Civil vigente en México establece en su artículo 450 las características de quienes pueden ser tutelados:

“I. Los menores de edad;
II. Los mayores de edad disminuidos o perturbados en su inteligencia, aunque tengan intervalos lúcidos; y aquellos que padezcan alguna afección originada por enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico, psicológico o sensorial o por la adicción a sustancias tóxicas como el alcohol, los psicotrópicos o los estupefacientes… no puedan gobernarse y obligarse por sí mismos, o manifestar su voluntad por algún medio”.

          Los animales domésticos y silvestres en cautiverio cumplen con algunas de estas características, por lo que debido a su condición de seres vivos vulnerables, dotados de sensibilidad, capaces de sufrir y de relacionarse, no deben ser considerados como objetos de posesión, sino que deberían ser susceptibles de tutela.

     A quien tiene animales bajo su custodia, también se le puede llamar el “responsable de…”, que significa: el que responde por alguien o por algo.

     Y en el último de los casos puede usarse el término “cliente”,5 como se acepta en Norteamérica, en donde se utiliza incluso en la relación médico-paciente en medicina humana, ya que cliente es cualquier usuario que solicita un servicio y paga por él.

Pumba de Alma     Así como se ha discutido acerca de cuál es la mejor manera de referirnos a los tutores de los animales de compañía, debemos esforzarnos por encontrar un nombre más apropiado para  a los animales que están bajo nuestra custodia –en vez de pensar que están bajo nuestro dominio-. El término “mascota”, por su significado (persona, animal o cosa que sirve de talismán, que trae buena suerte), ha tratado de ser erradicado, pero aún no hay una mejor propuesta, que sea corta y a la vez haga justicia a nuestros compañeros o amigos que pertenecen a otras especies.

     En la Facultad de Medicina Veterinaria (UNAM) algunos estudiantes propusieron que en vez de mascota podríamos llamarlos: “querami”, que es la contracción de querido amigo. La invitación está abierta para proponer una nueva manera de nombrarlos.

Referencias bibliográficas

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1. Seamer JH. Human stewardship and animal welfare. Appl Anim Behav Sci 59 1998. 201–205
2. Blood DC, Studdert VP, Gay CC. (2006).Saunders Comprehensive Veterinary Dictionary. 3rd Ed. Elsevier.
3. Vanda B. (2007). Fundamentos éticos del trato a los animales. Tesis de Doctorado. Posgrado en Ciencias Médicas, Odontológicas y de la Salud, UNAM, México, D.F., 138 pp.
4. Tannenbaum J. (1995). Veterinary Ethics. Animal welfare, client relations, competition and collegiality. 2nd ed., Mosby, St. Louis Missouri, 615 pp.
5. Gillon R. (1994). Client-Health care worker relationships and health care ethics. En: Principles of health care ethics. John Wiley & Sons, Great Britain, 1118 pp.
 
 

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